Por el triunfo del Inmaculado Corazón de María

martes, 30 de junio de 2026

EN LA INMINENCIA DE LAS CONSAGRACIONES EPISCOPALES…

 


ARCIVESCOVO CARLO MARIA VIGANÒ

 

En la inminencia de las Consagraciones episcopales de Ecône, cuando “omnia parata sunt ad nuptias”, llega la patética comunicación con la que León recuerda a la Fraternidad San Pío X que “lacerar la Túnica inconsútil de Cristo es un pecado de extrema gravedad” (uno se pregunta si es la misma túnica inconsútil de Bernardin y Cupich —pasada al mismo Prevost— para degradar y legitimar el crimen abominable del aborto…). En el mismo día en que firmó esta carta, León ha comunicado “in sacris” con un cismático, el patriarca de Constantinopla, durante el Pontifical de los Santos Pedro y Pablo en la Basílica Vaticana. Este es el llamamiento de León: «¡Volved sobre vuestros pasos! Os exhorto a considerar atentamente el bien espiritual de los fieles, porque el acto cismático que cometeríais les privaría de la recepción lícita y en algunos casos incluso válida de los Sacramentos que aman y buscan para su propia santificación.» Por lo tanto, ahora serían las Consagraciones episcopales sin mandato las que constituirían un “acto cismático”, mientras que todo lo demás no representaría ningún problema, incluido el rechazo del Vaticano II y de la Misa montiniana. Bueno saberlo… Pero ¿a qué Prevost debemos creer? ¿al autor de esta carta o al de la entrevista en Castel Gandolfo en la que habló de “elementos fundamentales” del Vaticano II que no pueden ponerse en discusión? En cualquier caso, León no ve la hora de excomulgar a todos nosotros. La excomunión y la pérdida de todos los privilegios concedidos por Bergoglio a la Fraternidad —incluida la aprobación de las Ordenaciones diaconales y sacerdotales a pesar de la voluntad del Ordinario del lugar— operarán un providencial y saludable “reset”. También esto, con una mirada sobrenatural, forma parte del desvelamiento de los últimos tiempos. «No hay nada oculto que no será revelado, ni secreto que no será conocido.»

¿ESTÁ PERMITIDO RESISTIR AL PAPA?

 


Catecismo católico de la crisis en la Iglesia, P. Matthias Gaudron, FSSPX.

 

--¿Fue válida la suspensión con la que fue condenado Mons. Lefebvre?

Mons. Lefebvre fue condenado el 22 de julio de 1976 con una suspensión a divinis. Esta suspensión fue tan inválida como la supresión de la Fraternidad Sacerdotal San Pío X, porque Mons. Lefebvre jamás fue convocado ante el tribunal competente y la única razón de la suspensión fue su fidelidad a la Tradición de la Iglesia. Sine culpa nulla poena: si no hay culpa, la pena es nula.

───¿A qué se denomina suspensión a divinis?

 La suspensión a divinis significa la prohibición de ejercer los poderes del orden. Si la suspensión hubiese sido válida, Mons. Lefebvre no habría tenido derecho a celebrar misa ni a administrar los sacramentos.

 

--Pero ¿no habría debido obedecer?

El Papa y los obispos reciben su autoridad de Cristo para proteger y defender la fe. Sin duda, la norma general es obedecerles. Pero si llegan a usar su autoridad contra el fin mismo para el que les ha sido conferida —es decir, queriendo imponer actos pecaminosos o peligrosos para la fe—, no sólo se tiene el derecho sino el deber de resistirles: «Hay que obedecer a Dios antes que a los hombres» (Hch 5, 29).

 ─── ¿Realmente está permitido desobedecer a las autoridades de la Iglesia por la sola razón de que uno considera injustas sus órdenes?

Una simple injusticia personal o una medida que se considera imprudente no pueden justificar el rechazo a la obediencia. Cosa distinta es cuando la orden dada va directamente contra la ley de Dios —es decir, cuando están en cuestión la fe o la moral—. En este caso, la «obediencia» no sería virtuosa, sino viciosa. Sería en realidad una desobediencia, mientras que la «desobediencia» aparente resultaría ser la verdadera obediencia (la obediencia a Dios antes que a los hombres).

───¿Está conforme esta doctrina a la enseñanza de los Papas?

León XIII escribe en la encíclica Diutumum illud: Una sola causa tienen los hombres para no obedecer: cuando se les exige algo que repugna abiertamente al derecho natural o al derecho divino. Todas las cosas en las que la ley natural o la voluntad de Dios resultan violadas no pueden ser mandadas ni ejecutadas. [...] Sin embargo, los que así obran no pueden ser acusados de quebrantar la obediencia debida, porque si la voluntad de los gobernantes contradice a la voluntad y las leyes de Dios, los gobernantes rebasan el campo de su poder y pervierten la justicia. Ni en este caso puede valer su autoridad, porque esta autoridad, sin la justicia, es nula. [1]

BREVE CATECISMO DEL ESTADO DE NECESIDAD

 



¿Qué es el «estado de necesidad»?

Los Códigos (CIC de 1917, canon 2205, §§ 2 y 3; CIC de 1983, cánones 1323, n. 4, y 1324, § 1, n. 5) hablan del estado de necesidad. Sin embargo, no explicitan qué debe entenderse por ese término, sino que dejan la precisión de su significado a la jurisprudencia y a los doctores.

¿No podemos extraer alguna definición del estado de necesidad del contexto de los cánones?

Del contexto resulta que la necesidad es un estado en el que los bienes necesarios para la vida se encuentran en peligro, de tal modo que, para salir de él, resulta inevitable la violación de ciertas leyes.

Si el objeto de la ley es procurar el bien de la Iglesia, ¿cómo es que, en caso de necesidad, es preciso violar la ley para conseguir ese bien?

La ley regula lo que ocurre en general, pero no las situaciones particulares. Por tanto, en algunas situaciones particulares puede suceder que la ley común no sea adecuada para alcanzar el fin buscado por el legislador.

¿Qué sucede en ese caso?

En ese caso, para actuar en bien de la Iglesia, se aplican principios más elevados y generales del derecho, aunque estos aparentemente contradigan las disposiciones comunes del derecho.

¿Puede dar algún ejemplo práctico de esta doctrina?

Sí. El derecho común no permite utilizar los servicios de un sacerdote cismático (por ejemplo, ortodoxo) para recibir los sacramentos, aunque esté verdaderamente ordenado. Pero, en caso de peligro de muerte del penitente y si no hay posibilidad de recurrir a un sacerdote católico, la Iglesia permite confesarse y recibir los sacramentos de manos de un sacerdote cismático, en razón de la necesidad creada por el peligro de muerte.

¿Cuáles son las consecuencias de esta doctrina respecto de las penas previstas por el Derecho?

El Código reconoce la necesidad como una circunstancia que exime de toda pena en caso de violación de la ley (canon 1323, n. 4, del nuevo Código), siempre que la acción no sea en sí misma intrínsecamente perversa ni cause perjuicio a las almas; en este último caso, la necesidad sería solamente una circunstancia atenuante de la pena.

Además, ninguna pena latae sententiae puede afectar a quien haya actuado en tales circunstancias (Nuevo Código, canon 1324, § 3).

¿Cuándo puede existir en la Iglesia el estado de necesidad?

En la Iglesia, al igual que en la sociedad civil, es concebible un estado de necesidad o de urgencia que no puede quedar sometido a las normas del derecho positivo. Tal situación existe en la Iglesia cuando su permanencia, su orden o su actividad se ven amenazados o gravemente perjudicados. Esta amenaza puede recaer principalmente sobre la doctrina, la liturgia y la disciplina eclesiástica.

¿Existe de hecho un estado de necesidad en la Iglesia?

Sí. Su existencia ha sido reconocida por los últimos papas. Pablo VI habló del «humo de Satanás que ha entrado en el templo de Dios», así como de «un pensamiento de tipo no católico que ha llegado a prevalecer en la Iglesia»; Juan Pablo II afirmó que los católicos «se sienten dispersos, confundidos, perplejos e incluso desilusionados; se han difundido a manos llenas ideas contrarias a la Verdad revelada y enseñada siempre; se han propagado verdaderas herejías en los campos dogmático y moral, creando dudas, confusión y rebeldía; también la liturgia ha sido violada»; Benedicto XVI, poco antes de ser elegido para la cátedra de Pedro, habló de la Iglesia como de una barca que hace agua por todas partes.

¿Qué consecuencias podemos extraer en caso de existir un estado de necesidad?

El estado de necesidad justifica el derecho de necesidad. El derecho de necesidad en la Iglesia es el conjunto de normas jurídicas que tienen validez en caso de amenaza contra la continuidad o la actividad de la Iglesia.

¿Cuándo puede invocarse este derecho de necesidad?

Este derecho de necesidad solo puede invocarse cuando se han agotado todas las posibilidades de restablecer una situación normal sobre la base del derecho positivo.

Más concretamente, ¿cuál es el alcance del derecho de necesidad?

El derecho de necesidad comporta también la autorización positiva para adoptar las medidas, emprender las iniciativas y crear los organismos necesarios para que la Iglesia pueda continuar su misión de predicar la verdad divina y dispensar la gracia de Dios.

¿Cuáles son los límites de este derecho de necesidad?

El derecho de necesidad justifica únicamente las medidas que sean necesarias para la restauración de las funciones de la Iglesia. Debe observarse el principio de proporcionalidad.

¿Existe la obligación de hacer uso de este derecho de necesidad?

La Iglesia y sus órganos tienen, ante todo, el derecho, pero también el deber, de adoptar todas las medidas necesarias para alejar los peligros.

¿Qué pueden hacer los pastores de la Iglesia en una situación de necesidad?

En una situación de necesidad, los pastores de la Iglesia pueden adoptar medidas extraordinarias para proteger o restablecer la actividad de la Iglesia. Si un órgano no desempeña sus funciones necesarias o indispensables, los demás órganos tienen el derecho y el deber de ejercer el poder que poseen en la Iglesia, a fin de garantizar la vida de la Iglesia y alcanzar su finalidad. Si las autoridades eclesiásticas se niegan a hacerlo, aumenta la responsabilidad de los demás miembros de la Iglesia, pero también aumenta su competencia jurídica.

 

Según el trabajo del profesor professor Georg May sobre el Estado de necesidad  en la Iglesia.

LOS PAPAS CONCILIARES CONTRA EL PAPADO

 


 

Por P. FLAVIO MATEOS

Capítulo de nuestro libro “FATIMA Y EL MILAGRO DEL SOL. LA GUERRA DEL ANTICRISTO CONTRA EL PAPADO”, Ediciones Reacción, 2024. Actualizado.

 

Puede verse una lógica en las acciones y actitudes de los revolucionarios que tomaron la Iglesia en el Vaticano II (“la Revolución de octubre pacífica en la Iglesia”, como lo llamó el dominico Congar). La intrusión de la democracia (influencia sobre todo del americanismo, pero llevada a cabo con particular habilidad por los neo-teólogos subjetivistas alemanes) ha debido desacralizar paulatinamente el Papado, mientras iban democratizando cada vez más la Iglesia, que de conciliar está pasando a ser ahora sinodal.

Podemos establecer algunos de esos hitos en este camino de deformación del Papado:

 

1.- Concilio Vaticano II: colegialidad y bicefalismo en la Iglesia, en la constitución dogmática Lumen Gentium (1964). [1]

2.- Pablo VI visita la sede de las Naciones Unidas (ONU). Se presenta como un hombre igual a los demás, que ha de ponerse al servicio de las Naciones (cuando las Naciones deben estar al servicio de la Iglesia). Hace una “ratificación moral y solemne de esta augusta Organización” (nacida de la Revolución anticristiana y merced al triunfo masónico-liberal-comunista tras la Segunda Guerra Mundial), y afirma que “Los pueblos se vuelven a las Naciones Unidas como hacia la última esperanza de concordia y paz” (¡!) (1965).

3.- Pablo VI entrega su anillo, símbolo de la autoridad papal suprema, al herético, cismático y falso arzobispo de Canterbury, en la basílica de San Pablo extramuros (1966).

4.-Declaración de Pablo VI: “el Papa es el más grave obstáculo en el camino hacia el ecumenismo” (1967).

5.- Deposición de la tiara por Pablo VI (1969). La Iglesia adopta la democracia, el Papa deja de ser un monarca.

6.- Actitudes populistas, adopción de sombreros, gorras o cascos grotescos y hasta bailes de música moderna por parte de los papas conciliares (desde el posconcilio hasta la actualidad).

7.- Reunión interreligiosa de Asís. El Papa (Juan Pablo II) es uno más entre todos los líderes de las falsas religiones. (1986)

8.- Juan Pablo II es el primer Papa en visitar una sinagoga (1986). El Papa en pie de igualdad con el Rabino de Roma, como dos amigos. Los Papas posteriores seguirán su ejemplo.

9.- Redefinición ecuménica del Papado, proyectada en la encíclica Ut unum sint de Juan Pablo II (1995).

10.- Benedicto XVI quita la tiara del escudo papal (2005).

11.- Tras su renuncia (2013), Benedicto XVI se convierte en “papa emérito” (viejo proyecto suyo, en connubio con Karl Rahner). Permanece en Roma, donde hay ahora “dos Papas”.

12.- Francisco se dedica sistemáticamente a derruir la imagen de Papa, bajo capa de “humildad”. Hasta llegará a colocarse una nariz de payaso.

13.- Documento de estudio del Dicasterio para la promoción de la unidad de los cristianos: “El Obispo de Roma. Primacía y sinodalidad en los diálogos ecuménicos y en las respuestas a la encíclica Ut unum sint”, tendiente a establecer una “Iglesia sinodal”, donde el Papa pasaría a ser no ya un primus inter pares con los obispos católicos, sino también con los de otras denominaciones o sectas cristianas. Así lo explicita el cardenal Koch (modernista y, desde luego, “sinodal”): “el primado debe ejercerse de manera sinodal […] poniéndonos a la escucha de las diferentes tradiciones cristianas con respecto a la sinodalidad y al primado, como contribución al proceso sinodal”.

14.-Francisco, hacia el penoso final de su pontificado, aparece públicamente sin la sotana blanca, con un grotesco pijama.

15.-León XIV, promotor de la iglesia “sinodal” o “democrática, afirma indirectamente en un discurso a una “Peregrinación ecuménica ortodoxa-católica de los Estados Unidos” que Roma (es decir, el Papa) no tiene la primacía respecto de las otras denominaciones cristianas. El Papa ya no es “un obstáculo en el camino al ecumenismo”. La doctrina católica es arrojada al cesto de la basura.

 

Última reflexión: aunque los modernistas, herejes y masones hagan todos los esfuerzos que su perversa sinuosidad les aconseje, aunque conjuren y arbitren asambleas y nuevos documentos, todo va a un final fracaso: el Papado seguirá en pie puesto que la palabra de Dios no pasa: “Y Yo, te digo que tú eres Pedro, y sobre esta piedra edificare mi Iglesia, y las puertas del abismo no prevalecerán contra ella” (Mt. XVI, 18).

 

[1] “¿Cómo introduce esta constitución la bicefalia en la Iglesia? Tras recordar que el Papa «tiene la potestad plena, suprema y universal sobre la Iglesia [...]», LG añade inmediatamente que «el orden de los obispos [...] constituye también el sujeto de la potestad suprema y plena sobre toda la Iglesia» (§ 22). Mientras que hasta entonces la Iglesia había sido una monarquía con un único poder supremo, el del Papa, LG afirma de repente un doble poder supremo, una Iglesia bicéfala. Junto al Papa, el colegio episcopal (incluido el Papa) también está sometido al poder supremo. Este cambio de doctrina fue tan considerable que el Papa Pablo VI consideró que debía intervenir y redactar una «nota explicativa prævia» (nota explicativa preliminar) que debía adjuntarse a la Constitución, en la que matizaba este cambio: «Para no poner en tela de juicio la plenitud del poder del Romano Pontífice, [...] el colegio está siempre y necesariamente de acuerdo con su cabeza, que en el colegio conserva íntegramente su oficio de vicario de Cristo y pastor de la Iglesia universal». Esta nota impide, pues, que el colegio ejerza por sí solo el poder supremo en la Iglesia, lo que constituye una herejía condenada, pero no suprime la «bicefalía». El nuevo Código de Derecho Canónico de 1983 ratificó esta doctrina de la doble potestad suprema en el canon 336: «El colegio episcopal, cuya cabeza es el sumo pontífice y del que forman parte los obispos [...] está también, en unión con su cabeza y nunca sin ella, sometido a la suprema autoridad de la Iglesia”. (Petit catéchisme du concile Vatican II, Le Sel de la terre No 93, ÉTÉ 2015).

 


La tiara sólo para la estatua de San Pedro en el Vaticano, el 29 de junio.


LA ERA DE HIELO DEL VATICANO II

 


“Nunca me detuve a pensar cuán absolutamente simbólica es esta imagen. El Espíritu Santo vino en lenguas de fuego para encender la llama que Cristo deseaba otorgar a la tierra. La Roma modernista ha venido a extinguir esa llama y ponerla en hielo. Bienvenidos a la Edad de Hielo del Vaticano II”.

https://x.com/JohnTraddington/status/2070832400825745509?s=20

EL SEUDO-CATOLICISMO CONSERVADOR

 


Arcivescovo Carlo Maria Viganò

@CarloMVigano

 

En lugar de reconocer la devastadora crisis que enfrenta la Iglesia Católica debido a la revolución conciliar y sinodal, el cardenal Müller —desafiando toda razón— mantiene que la Jerarquía postconciliar nunca se ha desviado de la Tradición y que la Sociedad de San Pío X se equivoca al afirmar lo contrario. Müller propone una versión renovada del motu proprio “Ecclesia Dei adflicta” para replicar el fraude de 1988, haciendo pasar la fidelidad al Magisterio inmutable como cisma, mientras enmarca la aceptación de los errores del Concilio como ortodoxia. Hemos llegado al punto de “credo quia absurdum”. La Iglesia Conciliar y sinodal reclama el poder de remodelar la realidad, doblegándola para que se ajuste a su propia narrativa. Exige de los fieles un asentimiento acrítico y contradictorio, bajo pena de excomunión. Su Eminencia cree que el clero y los laicos asociados a la Sociedad pueden ser apaciguados ofreciéndoles un sustituto de lo que ya poseen —algo así como lanzar un hueso a un perro encadenado—. Müller descubrirá pronto —al igual que los miembros de los institutos Ecclesia Dei— que reducir la denuncia del golpe conciliar a un mero asunto ceremonial es una elección miope e ideológica, especialmente cuando la Jerarquía no tiene la menor intención de ceder ni un ápice en los principios heréticos que promueve. Que se lo pregunte a Fernández: se puede regatear sobre la doctrina de la Gracia con luteranos y otorgar altos honores a un hereje anglicano, pero expresar la menor reserva respecto al fetiche del Vaticano II está prohibido. Y sin embargo, Müller mantiene que la Iglesia postconciliar no se ha apartado del camino de la Tradición... El seudo-catolicismo conservador de estos “porteros” sirve a la implementación de la sinodalidad y debe ser rechazado con desprecio.

 

PUTIN LANZA LA ÚLTIMA ADVERTENCIA A OCCIDENTE

 

TUCKER CARLSON SOBRE LA HISTÓRICA RENDICIÓN DE EE.UU. ANTE IRÁN

 

jueves, 25 de junio de 2026

O LA TRADICIÓN, O EL VATICANO II

 


Arzobispo Carlo Maria Viganò
@CarloMVigano

«La FSSPX (Fraternidad Sacerdotal San Pío X) afirma que la Tradición contiene los remedios para los males más profundos de la Iglesia.

León XIV afirma que el Vaticano II no es negociable. Esas dos afirmaciones no pueden reconciliarse mediante otro grupo de estudio.

Si la Tradición es la norma, el Vaticano II debe ser juzgado a la luz de lo que vino antes de él. Si el Vaticano II es la norma, la Tradición debe ser reinterpretada, recortada, excusada y administrada hasta que encaje en el nuevo orden.

Esa es toda la guerra.

La profesión de fe de la FSSPX ha planteado la cuestión con una claridad inusual. No le pide a León que sea más amable ni que ofrezca un mejor compromiso litúrgico. No pide ser una opción aprobada más dentro de un menú conciliar pluralista.

Afirma que la fe es una, la Iglesia es una, la verdad es inmutable, la Misa es sacrificial, Cristo es Rey, las falsas religiones no salvan, el desorden moral no puede ser bendecido y el Espíritu Santo no inspira hoy aquello que condenó ayer.

La Roma de León puede aceptar eso como católico o condenarlo como cismático. Si lo condena, los católicos deberían prestar atención.

La condena diría menos sobre la FSSPX que sobre los hombres que la emiten. Los sistemas apóstatas siempre se revelan por aquello que no pueden tolerar.

Este puede tolerar casi cualquier cosa, excepto la antigua fe católica expresada sin disculpas.»

@BigModernism

 

miércoles, 24 de junio de 2026

APUNTES DESDE LA “EXCOMULGADA” TRINCHERA

 




Por FRAY LLANEZA*

 

Distinciones necesarias, en torno a la ofensiva anti-tradicionalista de la Iglesia conciliar, y las disímiles reacciones ante la misma.

 

1.-Se trata de una guerra religiosa, no de una diferencia de criterios.

 

En nuestros días, más que nunca, la fuerza principal de los malos, es la cobardía y la debilidad de los buenos, y todo el nervio de Satán reside en la molicie de los cristianos”, así hablaba San Pío X.

El último papa santo tenía mucha razón. Llegamos a este punto porque los buenos han sido cobardes y débiles y no han querido hacer frente a los enemigos. Peor aún: no han sabido reconocer y distinguir entre amigos y enemigos, o si han visto a los enemigos han preferido hacer de estos algo abstracto. Lucha contra el error en abstracto pero no contra el enemigo concreto que pone en acción esos errores.

En toda guerra se pelea y se mata a enemigos concretos. Guste o no, si alguien se involucra en una guerra, eso es lo que pasa.

En la guerra religiosa, evidentemente, se utilizan otras armas, pero los que combaten a un lado y otro no dejan de ser personas reales y no seres abstractos. No se enfrenta sólo la Tradición contra el Modernismo. No solo la Iglesia católica contra la Iglesia conciliar o sinodal. Los enemigos lo entienden bien, Mons. Lefebvre lo entendió bien. Por eso ellos lo “excomulgaron”, y ahora Roma se apresta a lanzar nuevas falsas excomuniones. Sin embargo, ¿la FSSPX entiende eso? Ojalá que recupere la memoria.

“Los puestos de autoridad en Roma están en manos de anticristos”, dijo Mons. Lefebvre antes de las consagraciones de 1988. ¿Qué no habría que decir ahora?

Es verdadero que la FSSPX aparece dividida entre los más duros, fruto de la antigua escuela de Lefebvre, y los liberales acuerdistas, que buscaron durante muchos años ser reintegrados a la estructura vaticana, sin conseguirlo. Ahora, habiendo fracasado, estos últimos buscan por otra manera apaciguar a Roma pese a las necesarias nuevas consagraciones episcopales. De allí las sonrisas diplomáticas hacia el degenerado impío “Tucho” Fernández, o la elección de candidatos al episcopado nada combativos, de allí que en la última carta abierta de la FSSPX, firmada por dos de los más caracterizados acuerdistas como son Fellay y Schmidberger, se presente una verdadera y excelente “Profesión de fe” pero a la vez se confíe en que la misma sirva para que “un día este texto doctrinal pueda servir de base para una discusión franca con la Santa Sede, en un clima pacífico, fraterno y caritativo”. No dicen que eso ocurrirá porque Roma haya vuelto a la Tradición, como pedía Mons. Lefebvre. O sea, siguen deseando ser recibidos (¿para discutir una profesión de fe, o una reintegración o qué?) por los que atacan impíamente a la Virgen en un documento vaticano, por los que promueven la sodomía, la idolatría pagana, los que persiguen la misa tradicional, y trabajan para la descristianización de las sociedades y la instalación de la iglesia sinodal a gusto del Anticristo.

TRADICIÓN O FARISEÍSMO

 


 Arzobispo Carlo Maria Viganò:

Invito a todos a la meditación de este excelente artículo. https://radiospada.org/2026/06/lettera-sia-fatta-la-volonta-dei-modernisti/

«Ante la crisis que devora las almas, la elección es clara: o la fidelidad incómoda, escandalosa y militante a la Tradición, o la ceniza de un fariseísmo que, para salvar su posición en el sistema, ha canjeado su propia alma por el culpable silencio. Nosotros no estamos dispuestos a este trueque: nuestra batalla no es por un derecho canónico que justifique el error, sino por la gloria de Dios y por la salvación de aquellas almas que, a pesar de todo, aún esperan ver encendida, en la oscuridad del desierto postconciliar, la llama pura e inmutable de la Iglesia de siempre.»

CONSAGRACIONES PARA LA IGLESIA

 


EDITORIAL

Le Sel de la terre n° 136, Junio 2o26.

 

El Superior General de la Fraternidad Sacerdotal San Pío X, don Davide Pagliarani, anunció públicamente el pasado 2 de febrero que la consagración episcopal de cuatro obispos auxiliares tendrá lugar el próximo 1 de julio en Écône, en la fiesta de la Preciosísima Sangre de Nuestro Señor.

Esta consagración, deseada desde hace ya algún tiempo por numerosos sacerdotes y fieles, se ha vuelto necesaria porque la Tradición se extiende cada vez más y los dos obispos aún vivos consagrados por Mons. Lefebvre en 1988 necesitan ayuda para conferir las ordenaciones y las confirmaciones, y para continuar la obra emprendida por el prelado de Écône.

Pero, sobre todo, lo que hace necesarias estas consagraciones es el abandono en que se encuentran hoy los fieles que desean permanecer católicos: Roma y los obispos de la Iglesia conciliar ya no cumplen con su deber; ya no enseñan la verdadera fe, sino novedades sospechosas o abiertamente erróneas; administran sacramentos dudosos y destruyen la Iglesia mediante transformaciones revolucionarias.

En consecuencia, los católicos están abandonados. Sin embargo, dice el canon 682 del Código de Derecho Canónico de 1917: «Los fieles tienen derecho a recibir del clero, conforme a las normas de la disciplina eclesiástica, los bienes espirituales y, especialmente, los auxilios necesarios para su salvación». Este derecho se deriva directamente del bautismo; pero, como ya casi no existen verdaderos pastores que lo garanticen, innumerables almas se pierden. La responsabilidad de las autoridades romanas en esta crisis es extremadamente grave.

Además, muchos católicos, incluso dentro de los ambientes tradicionalistas, absorbidos por el torbellino de la vida moderna, intimidados por el ascendiente de la autoridad y el respeto que se le debe, desconcertados por la multitud y la novedad de los cambios, minimizan la gravedad de la situación y no alcanzan a ver hasta qué punto es profunda la crisis que atraviesa la Iglesia.

«La operación supervivencia» de 1988

En 1988, para explicar su decisión, Mons. Lefebvre evocó dos hechos en los que veía el signo providencial de que había llegado el momento de actuar y asumir sus responsabilidades como obispo católico: el escándalo de la ceremonia interreligiosa de Asís de octubre de 1986 (repetido muchísimas veces desde entonces) y las respuestas enviadas por Roma a sus objeciones sobre la libertad religiosa.

Estas respuestas —declararía el prelado en su sermón de Pascua de 1987— «no son sino la confirmación de la libertad religiosa y del ecumenismo. Una confirmación formal, absolutamente contraria a lo que enseñó el papa Pío IX, así como los once papas que reinaron desde la Revolución Francesa y que condenaron los principios del 89».

El arzobispo juzgaba estas respuestas incluso más graves que el acontecimiento de Asís, el cual constituye, sin embargo, una negación pública del primer mandamiento de Dios, porque manifestaban una adhesión consciente, razonada y resuelta a principios falsos.

Ante la obstinación de Roma en perseverar en el camino de la revolución conciliar y su negativa a proporcionar a la Tradición los medios para subsistir, Mons. Lefebvre procedió, por tanto, a la consagración de cuatro obispos sin contar con la autorización del papa Juan Pablo II, con el fin de asegurar la supervivencia de la Tradición.

ROMA CASTIGA A VIGANÒ MIENTRAS UN OBISPO CATÓLICO RECIBE LA BENDICIÓN DE UN RABINO

 

Brennan en Temple Shalom, León en la Federación UJA, el ritual migratorio de las Islas Canarias y la prueba de lealtad al Vaticano II.



 

Por CHRIS JACKSON

16 de junio de 2026

 

El obispo Brennan recibe la bendición de un rabino en el Temple Shalom

 

El obispo Mark Brennan estuvo presente en el Temple Shalom en Wheeling, Virginia Occidental, y recibió una bendición pública de parte del rabino Joshua Lief durante un servicio de Shabat.

Esa imagen dice más de lo que pretendía el epígrafe diocesano. Un obispo católico, poseedor público del oficio apostólico en Virginia Occidental, entró a un servicio religioso judío y aceptó la bendición de un rabino al acercarse a su jubilación. La Diócesis de Wheeling-Charleston presentó el episodio como una expresión de afecto y buena voluntad interreligiosa. LifeSite informó que el servicio del 5 de junio incluyó una "bendición especial" para Brennan, quien se jubila el 1 de julio. La cobertura local del mandato de Brennan también lo describe como un obispo conocido por su alcance interreligioso y sus cálidas relaciones con líderes religiosos fuera de la Iglesia.

La pregunta inmediata para los católicos debería referirse al oficio que Brennan llevó a esa sala.

Él se presentó allí como un sucesor de los Apóstoles. Entró con el peso simbólico de la autoridad episcopal católica. La bendición que recibió tuvo lugar dentro de un servicio religioso celebrado por una tradición que no confiesa a Jesús como el Señor. Ese hecho no se puede borrar con palabras amables sobre la amistad.

El problema en Wheeling es el significado religioso público del acto. La presencia de Brennan y su recepción de la bendición crearon un catecismo visual. Enseñó a los católicos de a pie que el oficio apostólico puede ser honrado espiritualmente por una religión que rechaza la confesión central encomendada a los Apóstoles.

El antiguo instinto católico habría temblado ante semejante espectáculo. Los obispos entendían antes que los gestos religiosos públicos forman a los fieles con más fuerza que las declaraciones cuidadosamente redactadas. Una ceremonia puede enseñar el indiferentismo sin llegar a enunciarlo nunca como doctrina, y una fotografía puede catequizar con más eficacia que un documento de la cancillería.

LA NEGACIÓN DE LA CORREDENCIÓN DE MARÍA, EL MENSAJE DE LA VIRGEN DE FÁTIMA Y “LOS ERRORES DE RUSIA”

  Los “errores de Rusia”: El mesianismo judío anticristiano y naturalista, financiado por los banqueros internacionalistas, implementado por...