Por el triunfo del Inmaculado Corazón de María

sábado, 4 de julio de 2026

APUNTES DESDE LA RESISTENTE TRINCHERA

 


Por FRAY LLANEZA

 

Modernistas y Sedevacantistas: coincidentia oppositorum

 


“¿Para qué han de tener pena,

para qué han de renegar?

Mañana llega la muerte,

todo se ha de terminar”.

 

 

Ya muy cansados, pensamos en la copla popular, ante el aluvión mediático de artículos, opiniones y comentarios suscitados por las consagraciones episcopales de la FSSPX y la posterior y anunciada “excomunión” lanzada por los modernistas romanos. Demasiadas zonceras. ¿Para qué llevarles el apunte?

Por eso no nos metemos a refutar lo que una y mil veces fue refutado, contestado y rebatido. Unos y otros son impermeables a los razonamientos, estudios, análisis o doctrina que uno pueda aportarle. Nos viene a la mente aquel famoso apotegma borgeano, que definía así a los peronistas: “Los peronistas no son ni buenos ni malos: son incorregibles”. Puede decirse lo mismo sobre todo de los sedevacantistas. Y si hubo grandes y notables excepciones de algunos que salieron de esa trampa, es porque realmente no tenían ese espíritu.

Pero nos interesa aquí, pues, señalar cómo la papolatría se manifiesta en dos vertientes que parecen contradecirse, pero son las dos caras de la misma medalla. Nos referimos a la papolatría modernista (o conservadora o católico liberal) y la papolatría sedevacantista. Las dos coinciden perfectamente, y en este caso lo hacen fustigando duramente a la FSSPX y con ella, en realidad, a todos los que siguen a Mons. Lefebvre.

Ambas posturas exigen una obediencia ciega, absoluta, sin discernimiento, imbécil.

Para los modernistas no hay estado de necesidad porque el papa no puede equivocarse hasta ese punto.

Para los sedevacantistas no hay estado de necesidad porque el papa no puede equivocarse nunca.

“No existen papas malos” le escuchamos decir a un “obispo” sedevacantista. Hay que obedecer siempre.

No importa que en las Sagradas Escrituras se diga que “hay que obedecer a Dios antes que a los hombres”. Estos dirán que obedecer al papa siempre es obedecer a Dios. Para estos el papa es una especie de monigote sin libre albedrío, una marioneta cuyos hilos maneja directamente Dios. Por lo tanto, jamás errará.

No importa que el Concilio Vaticano I haya dejado claramente delimitada la infalibilidad. Estos insisten en que todo es infalible.

Y se arrogan la autoridad que no tienen, para disponer que no hay papa, o que el papa puede contradecir la Tradición y aun así hay que obedecerle. Es la hipertrofia infantil de la función papal.

Por lo tanto, unos y otros, en apariencia enemigos, aquí se dan la mano como Caifás y Herodes, para condenar a la FSSPX por “cismática”.

Nueva muestra de que detrás de todos está el diablo insuflando su rebeldía, su orgullo y la confusión en torno a los que verdaderamente resisten a todos esos errores. Es por eso mismo que a medida que pasa el tiempo la figura de Mons. Marcel Lefebvre se agiganta. Fue un predestinado para mantenernos en medio de estos dos fuegos farisaicos.  

 

 

¿Excomunión, en serio?

 

 


Frente a tantas opiniones infundadas e irresponsables, de parte de católicos liberales, modernistas y sedevacantistas, pongamos una voz sensata que aclare más aún esta cuestión. Lo dice alguien que en esto va siguiendo la enseñanza del mejor teólogo del mundo, el Padre Álvaro Calderón:

EXCOMUNIONES DE LA FSSPX: SON EL CARDENAL FERNÁNDEZ Y LEÓN XIV QUIENES DEBEN RESPONDER ANTE LA FE QUE DESTRUYEN

 


por XAVIER CELTILLOS


El decreto publicado este 2 de julio de 2026 por el Dicasterio para la Doctrina de la Fe, bajo la firma del cardenal Víctor Manuel Fernández y avalado por León XIV, pretende declarar la excomunión latae sententiae de Mons. de Galarreta, de los cuatro nuevos obispos, de Mons. Fellay como co-consagrante, y amenaza con las mismas penas a los clérigos y fieles vinculados a la Fraternidad Sacerdotal San Pío X.

Este texto se reviste con los ropajes del derecho y de la solicitud maternal. Hay que tener el valor de decirlo: se trata de un acto sin fundamento canónico, y quienes lo han firmado son los menos cualificados para hablar en nombre de la fe y de la moral.

 

I – Un decreto que se derrumba bajo el peso de su propio derecho

 

El decreto invoca los cánones 1387 y 1364 § 1 del Código de 2021. Ahora bien, esos mismos cánones no pueden aplicarse mecánicamente ignorando los cánones que los regulan.

El canon 1323 exime de toda pena a quien actúa bajo el imperio de una necesidad grave, o en la convicción —aunque sea errónea, pero no culpable— de encontrarse en un estado de necesidad. El canon 1324 § 1, 8.º reduce o suspende la pena para quien haya estimado, por un error que no sea puramente subjetivo, encontrarse en alguno de los casos previstos por el canon 1323. El decreto no examina en ningún momento estas cláusulas. Constata un acto material y deduce mecánicamente una pena, como si la parte del Código que regula la imputabilidad no existiera. Ahora bien, una pena latae sententiae solo se incurre si el delito es plenamente imputable; allí donde existe un estado de necesidad, real o razonablemente considerado como tal, la censura no obliga en conciencia, diga lo que diga el decreto.

La Fraternidad sostiene desde siempre que la crisis doctrinal de la Iglesia —la misma que ha producido Fiducia supplicans, las bendiciones de parejas en situación irregular y el eclipse práctico de Cristo Rey— constituye el estado de necesidad que justifica la transmisión del episcopado para la supervivencia del sacerdocio y de los sacramentos. Se puede discutir esta apreciación. Lo que no se puede hacer es declararla inexistente mediante un simple decreto y, a continuación, deducir de ello una pena automática como si los cánones 1323-1324 no existieran. Un decreto que mutila el Código suprimiendo sus propias cláusulas de exención no es un acto de justicia: es un acto de autoridad que se contradice a sí mismo.

 

II – La palabra «cisma» no sustituye la demostración del cisma

 

El cisma, en el sentido del canon 751, consiste en el rechazo de la sumisión al Romano Pontífice o de la comunión con los miembros de la Iglesia. La Fraternidad nunca ha negado que León XIV sea el Papa. Reza por él en el canon de cada Misa. No se ha establecido un jefe paralelo, no ha erigido una jerarquía concurrente ni reivindica jurisdicción territorial alguna frente a los obispos diocesanos. Consagrar obispos para conferir las órdenes sagradas y administrar la confirmación, sin otorgarles jurisdicción ordinaria, no significa fundar una contra-Iglesia: significa proveer a una necesidad.

El decreto elude esta dificultad mediante un juego de manos: cita la carta Ecclesia Dei de 1988, afirmando que la desobediencia a un mandato pontificio «entraña un rechazo práctico de la primacía romana». Pero precisamente ese es el punto en discusión, y una cosa no se demuestra simplemente repitiéndola. Desobedecer una orden concreta, aunque sea pontificia, demostrando que un bien superior y la conservación de la fe lo exigen, pertenece al ámbito de la resistencia —que toda la tradición teológica admite en su principio— y no al rechazo de la primacía como institución. Confundir la desobediencia disciplinaria con la negación de un dogma constituye un error de razonamiento que el Dicasterio para la Doctrina de la Fe no debería cometer.

 

III. Los verdaderos atentados contra la fe y la moral están del lado del acusador

 

He aquí la inversión que se impone. El cardenal Fernández, prefecto del Dicasterio para la Doctrina de la Fe, es el autor de Fiducia supplicans (2023), texto que introdujo la bendición de parejas en una situación objetivamente contraria a la ley divina, incluidas las parejas del mismo sexo. Conferencias episcopales enteras lo han rechazado por ser contrario a la doctrina católica. El mismo cardenal es autor, en su juventud, de una obra sobre el beso cuyo contenido provocó escándalo, así como de desarrollos sobre la mística y el goce que nunca han recibido un desmentido serio.

Es este hombre quien pretende juzgar la fe y las costumbres de obispos católicos cuyo único delito consiste en mantener íntegramente el catecismo, la Misa de siempre y la moral conyugal recibida. Hay aquí una inversión grotesca: quien ha desdibujado la frontera entre la bendición y la aprobación del pecado excomulga a quienes la mantienen.

En cuanto a León XIV, al poner su autoridad sobre este acto, asume la responsabilidad de un gesto que no restablece ni la unidad ni la claridad doctrinal, sino que golpea a la parte de la Iglesia más apegada a la fe transmitida. El § 3 de la nota explicativa llega incluso a declarar inválidas las confesiones recibidas y los matrimonios asistidos por los sacerdotes de la Fraternidad. Esto es falso y es grave. La Iglesia suple la jurisdicción en caso de necesidad y de error común (canon 144); sembrar dudas sobre la validez de los sacramentos recibidos por decenas de miles de fieles de buena fe constituye un atentado pastoral de una crueldad que ninguna fórmula sobre la «Madre atenta» puede reparar.

 

IV – Lo que deben saber los fieles

 

A los padres y madres de familia preocupados hay que decirles serenamente la verdad: una excomunión en la que no se incurre ante Dios no obliga en conciencia. La amenaza lanzada contra los laicos «que adhieran formalmente» a la Fraternidad retoma una nota de 1996 que ya fue impugnada en su momento y tropieza con las mismas objeciones de fondo. Continúen asistiendo a la Misa, recibiendo los sacramentos y educando a sus hijos en la integridad de la fe. No son ustedes quienes deben justificarse.

Son el cardenal Fernández y la autoridad que lo ampara quienes algún día deberán responder —ante la Iglesia y ante Dios— por haber golpeado, en nombre de la fe, a la propia fe.

https://www.medias-presse.info/excommunications-de-la-fsspx-cest-le-cardinal-fernandez-et-leon-xiv-qui-doivent-repondre-devant-la-foi-quils-detruisent-par-xavier-celtillos/246156/


ÉCÔNE NO CREÓ LA CRISIS. LA DEJÓ AL DESCUBIERTO.

 


Las consagraciones de la FSSPX, la indignación selectiva de Roma, la acusación de Goldade contra el modernismo y el derrumbe del mito de que la Tradición es el problema.

Por CHRIS JACKSON

2 de julio de 2026

Écône actuó mientras Roma recurría a la palabra «cisma»

El 1 de julio de 2026, Écône hizo lo que Roma pasó meses advirtiéndole que no hiciera.

Cuatro nuevos obispos fueron consagrados para la Fraternidad Sacerdotal San Pío X. Miles de personas asistieron. Sacerdotes y religiosos llenaban el lugar. La ceremonia fue larga, solemne, pública y sin disculpas. El comunicado de la Fraternidad tras las consagraciones empleó exactamente el tono que cabría esperar de hombres que saben que el acto es extraordinario, grave y necesario: pesar por la falta de autorización, pesar porque el Superior General nunca tuvo la oportunidad de reunirse personalmente con León XIV, y una profunda alegría por las propias consagraciones.

Esa combinación es precisamente lo que los enemigos de la Fraternidad no pueden asimilar.

Quieren rebeldía y desafío insolente. Quieren una historia sencilla: unos tradicionalistas arrogantes rechazan al Papa y rompen la unidad. En cambio, el comunicado les ofrece algo mucho más difícil. Expresa dolor por la anormalidad y alegría por la necesidad.

Ese es el verdadero espíritu de Écône. La amarga alegría de hombres que creen que los cauces normales han fracasado tan profundamente que la supervivencia exige ahora medios extraordinarios.

Los críticos recurrieron de inmediato al vocabulario habitual: cisma, herida, desafío, ruptura, desobediencia. Según se informa, el cardenal Parolin estaba «profundamente apenado». El cardenal Fernández afirma que quizá sea posible un diálogo en el futuro. Los medios dicen que la FSSPX ha desafiado a León. Los católicos conservadores advierten que la Fraternidad ha ido demasiado lejos. Los tradicionalistas aprobados se escandalizan y esperan no ser los siguientes.

Pero la verdadera cuestión no es si las consagraciones episcopales sin mandato pontificio son un asunto grave. Lo son.

La verdadera cuestión es si la crisis posconciliar es lo bastante grave como para explicar por qué hombres católicos harían algo semejante.

Esa es precisamente la pregunta que Roma se niega a responder.

El pesar de la Fraternidad es más serio que la tristeza de Roma

La declaración de la FSSPX afirma que lamenta que unas circunstancias excepcionales hayan exigido realizar consagraciones sin autorización. Esa frase es teológicamente más seria que la mayor parte de los comentarios del Vaticano contra ella.

¿Por qué?

Porque reconoce que el acto no es normal.

La Fraternidad no está diciendo que la autorización de Roma carezca de importancia en circunstancias ordinarias. Está diciendo que las circunstancias no son ordinarias.

A ESTOS NO LOS EXCOMULGAN

 

EL CARDENAL RADCLIFFE, FAVORABLE A LOS HOMOSEXUALES, Y SU HOMILÍA DEL ARCOÍRIS

 


Por FRANCESCA DE VILLASMUNDO

13 de junio de 2026

El cardenal Radcliffe, favorable a los homosexuales, pronunció recientemente la homilía de una misa que conmemoraba el 50.º aniversario de la «relación» homosexual entre dos hombres.

Una «misa» favorable a los homosexuales

Durante una misa celebrada en Pimlico el mes pasado, el cardenal Timothy Radcliffe, OP, favorable a los homosexuales, pronunció la homilía en una misa celebrada para conmemorar el 50.º aniversario de la «relación» homosexual entre dos hombres.

El 13 de junio de 2026, dos hombres homosexuales, Julian Filochowski y Martin Pendergast, miembros de una de las principales organizaciones del arcoíris y supuestamente pastorales de la diócesis de Westminster para personas LGBTQ+, reunieron a amigos y familiares venidos de lejos para celebrar una «Misa de acción de gracias por 50 años de amistad, unión y compromiso en la búsqueda de la justicia».

Los dos homosexuales tienen amigos influyentes en la Roma modernista, de esas personalidades destacadas que prefieren el arcoíris a la Tradición. Así, en esta «misa» del arcoíris, que tuvo lugar en la iglesia de los Santos Apóstoles de Pimlico, un barrio de Londres, Inglaterra, el celebrante principal fue el padre Jim O’Keefe, un amigo de toda la vida. Y los concelebrantes de esta misa de Pablo VI fueron monseñor John Crowley, obispo emérito de la diócesis de Middlesbrough; monseñor John Rawsthorne, obispo emérito de la diócesis de Hallam; y el canónigo Chris Vipers, sacerdote de la parroquia de los Santos Apóstoles. El cardenal Timothy Radcliffe, figura central de los recientes sínodos de Roma y ferviente defensor del ministerio con las personas LGBTQ+, pronunció la homilía.

El cardenal Radcliffe se refirió a los supuestos «buenos frutos» de la relación de una «pareja» homosexual

A esta celebración «gay-friendly» asistieron también otras personalidades partidarias del arcoíris: la hermana Jeannine Gramick, SL, cofundadora de New Ways Ministry, y Francis DeBernardo, director ejecutivo de esta organización cuyo objetivo es «tender puentes entre la comunidad LGBTQ y la Iglesia», a la que nos referiremos no como católica, sino como conciliar. Durante su homilía, el cardenal Radcliffe destacó los supuestos «buenos frutos» de la relación de una «pareja» homosexual:

«Tras la comunión, todos nos comprometemos a celebrar y a atesorar nuestros lazos de amistad como dones de Dios. En vuestro caso, Julian y Martin, cincuenta años de amistad. La amistad es más que un simple sentimiento afectivo. Cada uno de nosotros es fruto de las profundas amistades que marcan nuestra vida».

Para seguir siendo católico hay que separarse de esta Iglesia conciliar, sinodal y arcoíris.

Cuando el cardenal dominico habla de amistad, entendamos que se refiere a una relación contra natura, uno de los cuatro pecados que claman venganza ante la faz de Dios. Esto pone de manifiesto la pérdida de la doctrina católica en este clérigo totalmente imbuido del espíritu modernista del Vaticano II y de su apertura al mundo, a sus costumbres y tradiciones de moda. Ahora bien, la Iglesia católica siempre ha enseñado, hasta el funesto concilio y sus papas conciliares, que los actos homosexuales son intrínsecamente desordenados y contrarios a la ley natural, y que la inclinación homosexual es objetivamente desordenada.

El Catecismo afirma claramente que la actividad homosexual nunca puede ser aprobada y recuerda que las personas homosexuales están llamadas a la castidad. Los actos homosexuales son pecados mortales; por lo tanto, quien cometa estos pecados y no se arrepienta mediante el sacramento de la confesión se expone a la condenación eterna.

El famoso consejo de monseñor Marcel Lefebvre es más actual que nunca, tanto para los sacerdotes como para los fieles que desean conservar su fe católica de siempre:

«Por lo tanto, es un deber ineludible para todo sacerdote que desee seguir siendo católico separarse de esta Iglesia conciliar mientras no recupere la tradición del Magisterio de la Iglesia y de la fe católica». (Monseñor Lefebvre, Itinerario espiritual, Iris, 2010, p. 40.)

 

https://www.medias-presse.info/cardinal-radcliffe-lgbt-messe/246152/

 

LOS INTERROGANTES SOBRE LA FSSPX Y LAS RESPUESTAS DE UN POBRE CRISTIANO

 


Por ALDO MARIA VALLI

 

En estos días algunos queridos amigos (amigos de verdad, que me aprecian y cuyo afecto es correspondido por mí) me han escrito para decirme, más o menos: «Cuidado, Aldo, con ponerte del lado de la Fraternidad Sacerdotal San Pío X. Entendemos perfectamente que la Iglesia atraviesa una crisis tremenda, porque está dirigida por una jerarquía modernista que la está llevando por el mal camino, pero la FSSPX no podía ni debía ordenar nuevos obispos. Se es católico en la medida en que se está cum Petro et sub Petro (con Pedro y bajo Pedro). Si no se está bajo el Papa y con el Papa, uno se construye su propia iglesia y cae en el sectarismo. Exactamente igual que Lutero. La excomunión puede no gustarnos, pero es inevitable si no se está con el Papa. Porque se cae automáticamente en el cisma».

Son observaciones que tomo muy en serio, y yo mismo les doy vueltas sin descanso. ¿Con qué resultado?

Veamos. Supongamos que monseñor Lefebvre nunca hubiera existido. O supongamos que, en aquella época, ante la evidente deriva modernista, se hubiera quedado callado y tranquilo. ¿Qué tendríamos hoy?

Lo sé: la historia, ni siquiera la de la Iglesia, se hace con hipótesis. Pero intentemos pensarlo.

Si no hubiera existido un Lefebvre, o si el buen monseñor hubiera guardado sus dudas para sí y se hubiera adaptado a la línea predominante, ¿tendríamos hoy memoria de la Tradición? En ausencia de un Lefebvre y de una FSSPX, ¿qué habría sido de ese patrimonio inestimable, desde el punto de vista teológico, doctrinal, litúrgico y disciplinario, al que muchos de nosotros nos sentimos tan profundamente vinculados precisamente porque hubo un Lefebvre que hizo oír su voz?

Respondamos con sinceridad. No, ya no tendríamos memoria de ello. Los modernistas habrían hecho tabla rasa. A lo sumo, quizá conservaríamos una misa antigua preservada, en líneas generales, desde el punto de vista litúrgico, pero nada más. Tendríamos una reserva india para los nostálgicos del latín, pero nada en el plano teológico y doctrinal, porque todo estaría supervisado y controlado por los modernistas. Algo parecido a lo que sucede con los institutos Ecclesia Dei, autorizados a celebrar el rito antiguo pero mantenidos con la correa y tironeados en cuanto se atreven a cuestionar, total o parcialmente, ese superdogma en que se ha convertido el Concilio Vaticano II.

CARTA A UN FIEL SOBRE EL SEDEVACANTISMO

 


Por P. PATRICK DE LA ROCQUE

Le Pescadou n.º 235  

 

Estimado señor:

Por carta, usted me ha compartido sus interrogantes relativos al sedevacantismo.

En efecto, para quien acepta abrir los ojos con imparcialidad y espíritu sobrenatural, la situación que la Iglesia, en general, y el papado, en particular, atraviesan desde hace medio siglo es terriblemente desconcertante. Mientras que «el Espíritu Santo no fue prometido a los sucesores de Pedro para revelar una nueva doctrina, sino para que, con su asistencia, guardasen santamente y expusiesen fielmente la revelación transmitida por los Apóstoles, es decir, el depósito de la fe» (Vaticano I, Const. Pastor æternus), es evidente que los papas recientes, por desgracia, se sirven de su posición no para ese fin, sino, por el contrario, para promover una doctrina humanista y liberal repetidamente condenada por sus predecesores. Y no vacilan en llevar esa utopía hasta sus consecuencias más dramáticas. Así, vimos a Juan Pablo II besar el Corán e invocar a San Juan Bautista para que protegiera al islam, o al papa Francisco celebrar la Pachamama en el Vaticano. Del mismo modo, los principios morales más consagrados son actualmente debilitados hasta el punto de legitimar la comunión de los divorciados vueltos a casar y de los protestantes, o de provocar el predominio casi absoluto de los lobbies LGBT+ en el lenguaje oficial de la Iglesia. Todo esto sucede sobre las cenizas de la Tradición católica, renegada en muchos aspectos, incluso en su liturgia. Estos papas, por otra parte, desterraron oficialmente la Tradición bimilenaria de la Iglesia cuando condenaron a quienes, rechazando estos principios erróneos y sus consecuencias blasfemas, quisieron permanecer fieles al depósito de la fe que el oficio pontificio tiene precisamente la misión de defender.

A la luz de estas traiciones romanas surgieron las que denominamos tesis sedevacantistas. Plurales entre sí, todas ellas se niegan, de un modo u otro, a reconocer al (o a los) papa(s) actual(es) como sucesor(es) de Pedro. Un papa —afirman sus defensores— no puede enseñar el error ni promoverlo permaneciendo papa. Por ello consideran «vacante» la «Sede» de Pedro, de donde proviene el término sedevacantismo.

Ante estas tesis sedevacantistas, me dice usted, la posición de la Fraternidad Sacerdotal San Pío X le parece vaga, cobarde e incluso contradictoria. En primer lugar, vaga, porque el propio Mons. Lefebvre, en varias de sus intervenciones, parece haber dejado abierta la puerta a esas tesis sedevacantistas, sin llegar jamás a pronunciarse realmente. Esa posición también le parece cobarde, puesto que, según usted, nunca se ha dado una respuesta detallada a los argumentos presentados por el sedevacantismo. Lejos de ofrecer esas respuestas, los sacerdotes de la Fraternidad Sacerdotal San Pío X rehúyen ese debate para refugiarse —dice usted— en argumentos moralizadores que los progresistas se complacían en utilizar cuando se trataba de vilipendiar la Tradición. Finalmente, le parece contradictorio que Mons. Lefebvre, en la carta dirigida a los futuros obispos en 1987, pueda escribir, por una parte, que «la Sede de Pedro está ocupada por el Anticristo», y al mismo tiempo reconocer, por otra, a Juan Pablo II como sucesor de Pedro, poseedor, por tanto, del poder de las llaves.

 

CONTRADICCION CONCILIAR

 




martes, 30 de junio de 2026

EN LA INMINENCIA DE LAS CONSAGRACIONES EPISCOPALES…

 


ARCIVESCOVO CARLO MARIA VIGANÒ

 

En la inminencia de las Consagraciones episcopales de Ecône, cuando “omnia parata sunt ad nuptias”, llega la patética comunicación con la que León recuerda a la Fraternidad San Pío X que “lacerar la Túnica inconsútil de Cristo es un pecado de extrema gravedad” (uno se pregunta si es la misma túnica inconsútil de Bernardin y Cupich —pasada al mismo Prevost— para degradar y legitimar el crimen abominable del aborto…). En el mismo día en que firmó esta carta, León ha comunicado “in sacris” con un cismático, el patriarca de Constantinopla, durante el Pontifical de los Santos Pedro y Pablo en la Basílica Vaticana. Este es el llamamiento de León: «¡Volved sobre vuestros pasos! Os exhorto a considerar atentamente el bien espiritual de los fieles, porque el acto cismático que cometeríais les privaría de la recepción lícita y en algunos casos incluso válida de los Sacramentos que aman y buscan para su propia santificación.» Por lo tanto, ahora serían las Consagraciones episcopales sin mandato las que constituirían un “acto cismático”, mientras que todo lo demás no representaría ningún problema, incluido el rechazo del Vaticano II y de la Misa montiniana. Bueno saberlo… Pero ¿a qué Prevost debemos creer? ¿al autor de esta carta o al de la entrevista en Castel Gandolfo en la que habló de “elementos fundamentales” del Vaticano II que no pueden ponerse en discusión? En cualquier caso, León no ve la hora de excomulgar a todos nosotros. La excomunión y la pérdida de todos los privilegios concedidos por Bergoglio a la Fraternidad —incluida la aprobación de las Ordenaciones diaconales y sacerdotales a pesar de la voluntad del Ordinario del lugar— operarán un providencial y saludable “reset”. También esto, con una mirada sobrenatural, forma parte del desvelamiento de los últimos tiempos. «No hay nada oculto que no será revelado, ni secreto que no será conocido.»

¿ESTÁ PERMITIDO RESISTIR AL PAPA?

 


Catecismo católico de la crisis en la Iglesia, P. Matthias Gaudron, FSSPX.

 

--¿Fue válida la suspensión con la que fue condenado Mons. Lefebvre?

Mons. Lefebvre fue condenado el 22 de julio de 1976 con una suspensión a divinis. Esta suspensión fue tan inválida como la supresión de la Fraternidad Sacerdotal San Pío X, porque Mons. Lefebvre jamás fue convocado ante el tribunal competente y la única razón de la suspensión fue su fidelidad a la Tradición de la Iglesia. Sine culpa nulla poena: si no hay culpa, la pena es nula.

───¿A qué se denomina suspensión a divinis?

 La suspensión a divinis significa la prohibición de ejercer los poderes del orden. Si la suspensión hubiese sido válida, Mons. Lefebvre no habría tenido derecho a celebrar misa ni a administrar los sacramentos.

 

--Pero ¿no habría debido obedecer?

El Papa y los obispos reciben su autoridad de Cristo para proteger y defender la fe. Sin duda, la norma general es obedecerles. Pero si llegan a usar su autoridad contra el fin mismo para el que les ha sido conferida —es decir, queriendo imponer actos pecaminosos o peligrosos para la fe—, no sólo se tiene el derecho sino el deber de resistirles: «Hay que obedecer a Dios antes que a los hombres» (Hch 5, 29).

 ─── ¿Realmente está permitido desobedecer a las autoridades de la Iglesia por la sola razón de que uno considera injustas sus órdenes?

Una simple injusticia personal o una medida que se considera imprudente no pueden justificar el rechazo a la obediencia. Cosa distinta es cuando la orden dada va directamente contra la ley de Dios —es decir, cuando están en cuestión la fe o la moral—. En este caso, la «obediencia» no sería virtuosa, sino viciosa. Sería en realidad una desobediencia, mientras que la «desobediencia» aparente resultaría ser la verdadera obediencia (la obediencia a Dios antes que a los hombres).

───¿Está conforme esta doctrina a la enseñanza de los Papas?

León XIII escribe en la encíclica Diutumum illud: Una sola causa tienen los hombres para no obedecer: cuando se les exige algo que repugna abiertamente al derecho natural o al derecho divino. Todas las cosas en las que la ley natural o la voluntad de Dios resultan violadas no pueden ser mandadas ni ejecutadas. [...] Sin embargo, los que así obran no pueden ser acusados de quebrantar la obediencia debida, porque si la voluntad de los gobernantes contradice a la voluntad y las leyes de Dios, los gobernantes rebasan el campo de su poder y pervierten la justicia. Ni en este caso puede valer su autoridad, porque esta autoridad, sin la justicia, es nula. [1]

BREVE CATECISMO DEL ESTADO DE NECESIDAD

 



¿Qué es el «estado de necesidad»?

Los Códigos (CIC de 1917, canon 2205, §§ 2 y 3; CIC de 1983, cánones 1323, n. 4, y 1324, § 1, n. 5) hablan del estado de necesidad. Sin embargo, no explicitan qué debe entenderse por ese término, sino que dejan la precisión de su significado a la jurisprudencia y a los doctores.

¿No podemos extraer alguna definición del estado de necesidad del contexto de los cánones?

Del contexto resulta que la necesidad es un estado en el que los bienes necesarios para la vida se encuentran en peligro, de tal modo que, para salir de él, resulta inevitable la violación de ciertas leyes.

Si el objeto de la ley es procurar el bien de la Iglesia, ¿cómo es que, en caso de necesidad, es preciso violar la ley para conseguir ese bien?

La ley regula lo que ocurre en general, pero no las situaciones particulares. Por tanto, en algunas situaciones particulares puede suceder que la ley común no sea adecuada para alcanzar el fin buscado por el legislador.

¿Qué sucede en ese caso?

En ese caso, para actuar en bien de la Iglesia, se aplican principios más elevados y generales del derecho, aunque estos aparentemente contradigan las disposiciones comunes del derecho.

¿Puede dar algún ejemplo práctico de esta doctrina?

Sí. El derecho común no permite utilizar los servicios de un sacerdote cismático (por ejemplo, ortodoxo) para recibir los sacramentos, aunque esté verdaderamente ordenado. Pero, en caso de peligro de muerte del penitente y si no hay posibilidad de recurrir a un sacerdote católico, la Iglesia permite confesarse y recibir los sacramentos de manos de un sacerdote cismático, en razón de la necesidad creada por el peligro de muerte.

¿Cuáles son las consecuencias de esta doctrina respecto de las penas previstas por el Derecho?

El Código reconoce la necesidad como una circunstancia que exime de toda pena en caso de violación de la ley (canon 1323, n. 4, del nuevo Código), siempre que la acción no sea en sí misma intrínsecamente perversa ni cause perjuicio a las almas; en este último caso, la necesidad sería solamente una circunstancia atenuante de la pena.

Además, ninguna pena latae sententiae puede afectar a quien haya actuado en tales circunstancias (Nuevo Código, canon 1324, § 3).

¿Cuándo puede existir en la Iglesia el estado de necesidad?

En la Iglesia, al igual que en la sociedad civil, es concebible un estado de necesidad o de urgencia que no puede quedar sometido a las normas del derecho positivo. Tal situación existe en la Iglesia cuando su permanencia, su orden o su actividad se ven amenazados o gravemente perjudicados. Esta amenaza puede recaer principalmente sobre la doctrina, la liturgia y la disciplina eclesiástica.

¿Existe de hecho un estado de necesidad en la Iglesia?

Sí. Su existencia ha sido reconocida por los últimos papas. Pablo VI habló del «humo de Satanás que ha entrado en el templo de Dios», así como de «un pensamiento de tipo no católico que ha llegado a prevalecer en la Iglesia»; Juan Pablo II afirmó que los católicos «se sienten dispersos, confundidos, perplejos e incluso desilusionados; se han difundido a manos llenas ideas contrarias a la Verdad revelada y enseñada siempre; se han propagado verdaderas herejías en los campos dogmático y moral, creando dudas, confusión y rebeldía; también la liturgia ha sido violada»; Benedicto XVI, poco antes de ser elegido para la cátedra de Pedro, habló de la Iglesia como de una barca que hace agua por todas partes.

¿Qué consecuencias podemos extraer en caso de existir un estado de necesidad?

El estado de necesidad justifica el derecho de necesidad. El derecho de necesidad en la Iglesia es el conjunto de normas jurídicas que tienen validez en caso de amenaza contra la continuidad o la actividad de la Iglesia.

¿Cuándo puede invocarse este derecho de necesidad?

Este derecho de necesidad solo puede invocarse cuando se han agotado todas las posibilidades de restablecer una situación normal sobre la base del derecho positivo.

Más concretamente, ¿cuál es el alcance del derecho de necesidad?

El derecho de necesidad comporta también la autorización positiva para adoptar las medidas, emprender las iniciativas y crear los organismos necesarios para que la Iglesia pueda continuar su misión de predicar la verdad divina y dispensar la gracia de Dios.

¿Cuáles son los límites de este derecho de necesidad?

El derecho de necesidad justifica únicamente las medidas que sean necesarias para la restauración de las funciones de la Iglesia. Debe observarse el principio de proporcionalidad.

¿Existe la obligación de hacer uso de este derecho de necesidad?

La Iglesia y sus órganos tienen, ante todo, el derecho, pero también el deber, de adoptar todas las medidas necesarias para alejar los peligros.

¿Qué pueden hacer los pastores de la Iglesia en una situación de necesidad?

En una situación de necesidad, los pastores de la Iglesia pueden adoptar medidas extraordinarias para proteger o restablecer la actividad de la Iglesia. Si un órgano no desempeña sus funciones necesarias o indispensables, los demás órganos tienen el derecho y el deber de ejercer el poder que poseen en la Iglesia, a fin de garantizar la vida de la Iglesia y alcanzar su finalidad. Si las autoridades eclesiásticas se niegan a hacerlo, aumenta la responsabilidad de los demás miembros de la Iglesia, pero también aumenta su competencia jurídica.

 

Según el trabajo del profesor professor Georg May sobre el Estado de necesidad  en la Iglesia.

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