Por ROBERTO DE MATTEI
El pasado
4 de noviembre se publicó la nota doctrinal Mater Populi Fidelis, con
la que el Dicasterio para la Doctrina de la Fe se propone aclarar el sentido y
los límites de algunos títulos marianos relativos a la cooperación de María a
la obra de la salvación. La declaración ha suscitado consternación entre los
fieles de a pie, y también entre los mariólogos, porque objetivamente reduce
los privilegios reservados a la Virgen en la Tradición de la Iglesia. Cabe
preguntarse las consecuencias que tendrá en la práctica.
La
entrevista concedida a Diane Montagne por el cardenal Víctor Manuel Fernández
el pasado 27 de noviembre, publicada por la citada vaticanista en su blog el día 27 [en español aquí],
resulta muy oportuna para orientarse en el horizonte de confusión
creado por el mencionado documento. En su respuesta a la periodista, monseñor
Fernández explicó que la afirmación contenida en el párrafo 22 de la nota
doctrinal Mater Populi Fidelis, según la cual es «siempre
inoportuno» emplear el título de Corredentora para referirse a la colaboración
de María en la obra de la Redención de Cristo se refiere exclusivamente al
empleo oficial del título de Corredentora en textos litúrgicos y documentos de
la Santa Sede, pero no se extiende a la devoción privada ni a los debates
teológicos entre fieles.
El momento central de la entrevista es cuando se dice que la expresión siempre inapropiado se aplica al título de Correndentora. Diane Montagne pregunta si dicho título, que según él «es siempre inoportuno el uso del título de Corredentora» (…) «se refiere al pasado, especialmente teniendo en cuenta que fue utilizado por los santos, los doctores y el magisterio ordinario». Y el cardenal responde: «No, no, no. Se refiere al momento actual» (…) La periodista insiste: «Entonces, ¿«siempre» significa «a partir de ahora»? El purpurado confirma: «A partir de ahora, sin duda». La reportera, insatisfecha, pide otra aclaración sobre el sentido de la palabra siempre: «Fernández recalca que no se refiere al pasado sino únicamente al presente, y en un sentido limitado a los documentos oficiales.
Hay que tener en cuenta esta importante aclaración. En la nota doctrinal, el adverbio siempre no tiene el mismo sentido que en el lenguaje de todos los días. Cualquiera que tenga dos dedos de frente sabe que el adverbio siempre indica un periodo de tiempo ininterrumpido, sin excepciones, que abarca el pasado y el futuro. Por ejemplo, la ley divina y natural está siempre vigente, en cualquier época, lugar y situación. En cambio, en la respuesta del cardenal la palabra se redefine como apenas vinculada al presente e, hipotéticamente, al futuro: «A partir de ahora». Pero si, como afirma el Prefecto, siempre significa sólo a partir de ahora, la consecuencia es que, como del pasado al presente se ha dado un cambio, podría también haber un cambio entre el presente y el futuro. Eso quiere decir que Mater populi fidelis, aunque se haya presentado como una nota doctrinal, funda sus argumentos en medidas de índole pastoral que están sujetas a circunstancias de naturaleza histórica. La valoración que hace el documento de los títulos marianos no es absoluta ni definitiva, sino transitoria y contingente.
El
cardenal confirma el carácter provisional de la nota con las siguientes
palabras: «Esta expresión [“Corredentora”] no se utilizará ni en la liturgia,
es decir, en los textos litúrgicos, ni en los documentos oficiales de la Santa
Sede. Si se desea expresar la cooperación única de María en la Redención, se
expresará de otras maneras, pero no con esta expresión, ni siquiera en los
documentos oficiales».
El
término que no es oportuno emplear «ni en los textos litúrgicos ni en los
documentos oficiales» puede utilizarse legítimamente para todo lo que no entre
en tan estrechos límites. La prohibición sólo afecta al ámbito oficial. Si
un grupo de fieles comprende «bien el verdadero significado de esta expresión»
(la cooperación subordinada de María a Cristo), «ha leído el documento» y está
de acuerdo con lo que dice, puede usar libremente el título de Corredentora. En
conclusión, los fieles son libres de creer y promover la verdad según la cual
María siempre ha sido Corredentora y Mediadora de todas las gracias mientras se
esfuerzan por conseguir que dicha verdad sea proclamada dogma de fe. Si ayer no
era adecuado el título de Corredentora, podría llegar a serlo mañana. Aunque la
verdad de la Corredención de María nunca se ha proclamado como dogma, pertenece
al patrimonio doctrinal de la Iglesia. La nota del Dicasterio para la Doctrina
de la Fe lo admite, limitando su uso al presente y en unas circunstancias
determinadas. Pero, precisamente por esa razón, aunque ese título mariano no se
cuente entre los dogmas oficiales de la Iglesia, podría llegar a contarse un
día. Es algo que la nota no excluye ni puede excluir.
La
definición dogmática del dogma de la Inmaculada Concepción tuvo lugar en 1854,
y la de la Asunción en 1950. Desde aquellas fechas, todo católico que rechace
estas verdades incurre en herejía, pero la Virgen siempre fue Inmaculada y
asunta. Del mismo modo, tenemos libertad para creer no sólo que siempre ha sido
Corredentora y Mediadora de todas las gracias, sino para poner todo nuestro
empeño en que esas verdades sean proclamadas lo antes posible dogmas de fe,
para que todo católico esté obligado a creer por siempre lo que en este momento
se considera inoportuno, pero siempre ha sido cierto.
A la
última pregunta de la vaticanista, «¿consultasteis (es decir, la DDF) a algún
mariólogo para Mater populi fidelis?», el prefecto de Doctrina
de la Fe repuso: «Sí, a muchos, muchos, así como a teólogos especializados en
cristología».
Sin
embargo, el padre Maurizio Gronchi, consultor del Dicasterio para la Doctrina
de la Fe que participó en la presentación de documento junto al cardenal
Fernández, declaró a Aciprensa el pasado 19 de noviembre: «No se
encontraron mariólogos colaborativos», y señaló que ni los miembros de la
Pontificia Facultad teológica Marianum ni los de la Pontificia Academia Mariana
Internacional participaron en la presentación junto a la curia jesuita.
Silencio que, a su juicio, «puede entenderse como disenso» ().
Un
destacado mariólogo ha confirmado indirectamente dicho disenso: el P. Salvatore
Maria Perrella declaró que Mater populi fidelis «debería haber
sido redactada por personas competentes en la materia», dando a entender con
ello que fue redactado por personas carentes de formación mariológica. Y,
podríamos añadir con todo respeto, que no saben razonar en buena lógica.
Y ahora
que sabemos que Mater populi fidelis no tiene por objeto
imponer límites arbitrarios a la devoción mariana ni negar la participación de
María en la obra redentora de Cristo, y que la prohibición sólo se aplica al uso
del título de Corredentora en los textos litúrgicos y actos de magisterio, y no
a la devoción privada ni al debate teológico, es nuestra gran oportunidad
de aceptar el reto y salir al ruedo.
Reiteramos
lo que dijimos al
día siguiente de la publicación del documento: «Tenemos el convencimiento de
que actualmente hay en el mundo un puñado de sacerdotes y laicos de ánimo noble
y generoso dispuestos a empuñar la espada de dos filos de la Verdad para proclamar
todos los privilegios de María y exclamar a los pies de su trono: «Quis ut
Virgo?» Sobre ellos se derramarán las gracias necesarias para el combate en
estos tempestuosos tiempos. Y quién sabe si, como ha ocurrido cada vez que en
la historia se ha intentado opacar la luz, el documento del Dicasterio de la Fe
que trata de restar importancia a la Santísima Virgen María confirmará sin
proponérselo su inmensa grandeza» ().
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