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sábado, 4 de julio de 2026

EXCOMUNIONES DE LA FSSPX: SON EL CARDENAL FERNÁNDEZ Y LEÓN XIV QUIENES DEBEN RESPONDER ANTE LA FE QUE DESTRUYEN

 


por XAVIER CELTILLOS


El decreto publicado este 2 de julio de 2026 por el Dicasterio para la Doctrina de la Fe, bajo la firma del cardenal Víctor Manuel Fernández y avalado por León XIV, pretende declarar la excomunión latae sententiae de Mons. de Galarreta, de los cuatro nuevos obispos, de Mons. Fellay como co-consagrante, y amenaza con las mismas penas a los clérigos y fieles vinculados a la Fraternidad Sacerdotal San Pío X.

Este texto se reviste con los ropajes del derecho y de la solicitud maternal. Hay que tener el valor de decirlo: se trata de un acto sin fundamento canónico, y quienes lo han firmado son los menos cualificados para hablar en nombre de la fe y de la moral.

 

I – Un decreto que se derrumba bajo el peso de su propio derecho

 

El decreto invoca los cánones 1387 y 1364 § 1 del Código de 2021. Ahora bien, esos mismos cánones no pueden aplicarse mecánicamente ignorando los cánones que los regulan.

El canon 1323 exime de toda pena a quien actúa bajo el imperio de una necesidad grave, o en la convicción —aunque sea errónea, pero no culpable— de encontrarse en un estado de necesidad. El canon 1324 § 1, 8.º reduce o suspende la pena para quien haya estimado, por un error que no sea puramente subjetivo, encontrarse en alguno de los casos previstos por el canon 1323. El decreto no examina en ningún momento estas cláusulas. Constata un acto material y deduce mecánicamente una pena, como si la parte del Código que regula la imputabilidad no existiera. Ahora bien, una pena latae sententiae solo se incurre si el delito es plenamente imputable; allí donde existe un estado de necesidad, real o razonablemente considerado como tal, la censura no obliga en conciencia, diga lo que diga el decreto.

La Fraternidad sostiene desde siempre que la crisis doctrinal de la Iglesia —la misma que ha producido Fiducia supplicans, las bendiciones de parejas en situación irregular y el eclipse práctico de Cristo Rey— constituye el estado de necesidad que justifica la transmisión del episcopado para la supervivencia del sacerdocio y de los sacramentos. Se puede discutir esta apreciación. Lo que no se puede hacer es declararla inexistente mediante un simple decreto y, a continuación, deducir de ello una pena automática como si los cánones 1323-1324 no existieran. Un decreto que mutila el Código suprimiendo sus propias cláusulas de exención no es un acto de justicia: es un acto de autoridad que se contradice a sí mismo.

 

II – La palabra «cisma» no sustituye la demostración del cisma

 

El cisma, en el sentido del canon 751, consiste en el rechazo de la sumisión al Romano Pontífice o de la comunión con los miembros de la Iglesia. La Fraternidad nunca ha negado que León XIV sea el Papa. Reza por él en el canon de cada Misa. No se ha establecido un jefe paralelo, no ha erigido una jerarquía concurrente ni reivindica jurisdicción territorial alguna frente a los obispos diocesanos. Consagrar obispos para conferir las órdenes sagradas y administrar la confirmación, sin otorgarles jurisdicción ordinaria, no significa fundar una contra-Iglesia: significa proveer a una necesidad.

El decreto elude esta dificultad mediante un juego de manos: cita la carta Ecclesia Dei de 1988, afirmando que la desobediencia a un mandato pontificio «entraña un rechazo práctico de la primacía romana». Pero precisamente ese es el punto en discusión, y una cosa no se demuestra simplemente repitiéndola. Desobedecer una orden concreta, aunque sea pontificia, demostrando que un bien superior y la conservación de la fe lo exigen, pertenece al ámbito de la resistencia —que toda la tradición teológica admite en su principio— y no al rechazo de la primacía como institución. Confundir la desobediencia disciplinaria con la negación de un dogma constituye un error de razonamiento que el Dicasterio para la Doctrina de la Fe no debería cometer.

 

III. Los verdaderos atentados contra la fe y la moral están del lado del acusador

 

He aquí la inversión que se impone. El cardenal Fernández, prefecto del Dicasterio para la Doctrina de la Fe, es el autor de Fiducia supplicans (2023), texto que introdujo la bendición de parejas en una situación objetivamente contraria a la ley divina, incluidas las parejas del mismo sexo. Conferencias episcopales enteras lo han rechazado por ser contrario a la doctrina católica. El mismo cardenal es autor, en su juventud, de una obra sobre el beso cuyo contenido provocó escándalo, así como de desarrollos sobre la mística y el goce que nunca han recibido un desmentido serio.

Es este hombre quien pretende juzgar la fe y las costumbres de obispos católicos cuyo único delito consiste en mantener íntegramente el catecismo, la Misa de siempre y la moral conyugal recibida. Hay aquí una inversión grotesca: quien ha desdibujado la frontera entre la bendición y la aprobación del pecado excomulga a quienes la mantienen.

En cuanto a León XIV, al poner su autoridad sobre este acto, asume la responsabilidad de un gesto que no restablece ni la unidad ni la claridad doctrinal, sino que golpea a la parte de la Iglesia más apegada a la fe transmitida. El § 3 de la nota explicativa llega incluso a declarar inválidas las confesiones recibidas y los matrimonios asistidos por los sacerdotes de la Fraternidad. Esto es falso y es grave. La Iglesia suple la jurisdicción en caso de necesidad y de error común (canon 144); sembrar dudas sobre la validez de los sacramentos recibidos por decenas de miles de fieles de buena fe constituye un atentado pastoral de una crueldad que ninguna fórmula sobre la «Madre atenta» puede reparar.

 

IV – Lo que deben saber los fieles

 

A los padres y madres de familia preocupados hay que decirles serenamente la verdad: una excomunión en la que no se incurre ante Dios no obliga en conciencia. La amenaza lanzada contra los laicos «que adhieran formalmente» a la Fraternidad retoma una nota de 1996 que ya fue impugnada en su momento y tropieza con las mismas objeciones de fondo. Continúen asistiendo a la Misa, recibiendo los sacramentos y educando a sus hijos en la integridad de la fe. No son ustedes quienes deben justificarse.

Son el cardenal Fernández y la autoridad que lo ampara quienes algún día deberán responder —ante la Iglesia y ante Dios— por haber golpeado, en nombre de la fe, a la propia fe.

https://www.medias-presse.info/excommunications-de-la-fsspx-cest-le-cardinal-fernandez-et-leon-xiv-qui-doivent-repondre-devant-la-foi-quils-detruisent-par-xavier-celtillos/246156/


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